miércoles, 30 de enero de 2013

El debate sobre la difamación de las religiones (2da parte)

Bajo el título genérico de "legislación contra la difamación de las religiones" se suelen agrupar tres clases de figuras distintas: las que castigan la difamación propiamente dicha, la que castigan las blasfemias, y las que castigan la apostasía. Hoy me referiré a las primeras. 

¿Qué son las leyes contra la difamación de las religiones?

Con ese nombre se conocen a las leyes que penalizan las críticas o el desprecio hacia las creencias religiosas, sus dogmas o sus figuras sagradas. Es decir, se trata de una forma especial de protección contra la difamación, porque no resguarda a las individuos (que están protegidos por las leyes comunes contra tales ofensas) sino a una religión en particular, o a todas en general. Esta clase de normas están destinadas a proteger los sentimientos de las personas que pertenecen a una religión determinada.

Las leyes que penalizan la difamación de las religiones deben distinguirse, pues, de aquellas que castigan la difamación de las personas individuales. Por otro lado, no deben confundirse tampoco con las leyes contra la incitación a la violencia y el odio racial, étnico o religioso. Lo que buscan evitar no es la incitación al odio contra los miembros de una religión, sino la ofensa que puedan sentir esos miembros frente a expresiones injuriosas referentes a su religión. De cualquier modos, es frecuente que estos conceptos se confundan.


La cuestión global
En 1999 Pakistán presentó, en nombre de la OIC (Organisation of Islamic Cooperation) un proyecto ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas destinado a combatir la islamofobia. Les preocupaba la tendencia a discriminar a los musulmanes. 
La Comisión aprobó ese año una resolución titulada "Difamación de las Religiones", y lo hizo luego cada año hasta 2010[1]. Luego de los atentados al World Trade Center de 2001 y sus consecuencias (la llamada "guerra contra el terror", la invasión de Afganistán e Irak, el clima de tensión entre occidente y medio oriente) la cuestión devino más actual y más controversial que nunca. 

A partir de entonces, diversos hechos -que en otro contexto podrían parecer menores- han agregado dramatismo al debate: en 2004, el cineasta holandés Theo Van Gogh su cortometraje "Sumisión" y fue asesinado por un musulmán radical; en 2005 el periódico danés Jyllands-Posten publicó unas caricaturas ridiculizando al Profeta Mahoma, generando una fuerte reacción en el mundo islámico; en 2008 el parlamentario

holandés Geert Wilders lanzó la película "Fitna", generando una nueva controversia; en 2012, Nakoula Basseley Nakoula filma el cortometraje "La inocencia de los musulmanes", nuevamente ridiculizando a Mahoma, con la subsiguiente reacción islámica. 

En 2005 se debatió por primera vez en la Asamblea General una versión de resolución sobre la difamación de las religiones. La Asamblea General ha adoptado resoluciones sobre la difamación de las religiones cada año desde entonces, aunque a partir de 2008 haya sido por mayoría relativa (con más votos en contra y abstenciones que votos a favor).


Legislaciones nacionales

Los musulmanes son quienes han motorizado el debate global sobre el tema, y ciertamente en los países donde son mayoría utilizan con frecuencia esta clase de leyes (por ejemplo, en Pakistán, donde es delito ultrajar los sentimientos religiosos, profanar el Corán o hacer comentarios despectivos sobre Mahoma [art. 295 A, B y C del Código Penal]). Pero en rigor de verdad, este tipo de leyes existen en países con diversas culturas y trasfondos religiosos.

En España, por ejemplo, se penaliza a quien ofenda "los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa" [art. 525 del Código Penal]. Según Pew Research Center, son 87 los países que tienen leyes contra la difamación de las religiones.


Por otra parte, en numerosos países europeos (y algunos fuera de Europa) constituye un delito el negacionismo, es decir, el discurso que ponga en duda la autenticidad (o la magnitud) del Holocausto judío durante la Alemania nazi. Con matices, tiene leyes en tal sentido Francia, Austria, Bélgica, Alemania, Suiza, Eslovaquia, República Checa, Lituania, Polonia, Canadá, Lichtenstein, Nueva Zelanda, Países Bajos, Rumania, Israel  y Sudáfrica. Los musulmanes reclaman por leyes similares.


Entonces ¿sirven las leyes contra la difamación de las religiones?

A pesar de la buena intención detrás de las iniciativas por castigar la difamación de las religiones, la verdad es que son mas nocivas que ventajosas. 

En primer lugar, el propio concepto de que una religión, una idea o una filosofía puedan ser difamados es problemático. Todos los derechos humanos están planteados para proteger a los individuos, quienes son titulares de esos derechos. No es muy claro como esa protección pueda trasladarse -válidamente- a una doctrina religiosa. Y conviene recordar que no existe, en la mayoría de los países con democracias modernas, el derecho a no sentirse ofendido.


En segundo orden, proteger una idea (en este caso, religiosa) en desmedro de otra (religiosa o no) implica que el Estado toma parte en un debate ideológico. El poder político se arroga la facultad de determinar cuáles convicciones son -por su propia naturaleza- dignas de protección, y cuales no. Por ejemplo, la convicción de la naturaleza divida de Jesús es digna de protección, pero la afirmación contraria no. Me parece claro que el Estado no debería nunca poseer el monopolio de la verdad religiosa o filosófica.


Pero tal vez el argumento de mayor peso contra las leyes que penalizan la difamación de la religión resida en observar como ha funcionado eso en los países donde se han aplicado. La historia indica que, lejos de aquella benévola intención de proteger las creencias de las personas, este tipo de leyes sólo han servido para perseguir a las personas a causa de sus convicciones. Y en particular para reprimir a las minorías religiosas, sean de una religión distinta, o sean de disidentes dentro de la religión oficial.




[1] En 2011 la OIC dejó de impulsar la resolución sobre "difamación de la religiones", y en su lugar se elaboró la Resolución 16/18 destinada a combatir la intolerancia, los estereotipos negativos y la estigmatización, así como la discriminación y la incitación a la violencia contra las personas, por causa de su religión o creencia.



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